Entre los trámites obligatorios que deben realizar las industrias alimentarias se debe considerar el registro de industria agroalimentarias (RIA), trámite diferente del Registro Sanitario. El RIA está totalmente regulado y gestionado por las distintas Comunidades Autónomas.
¿Qué es el RIA?
Es un requisito obligatorio que toda empresa participante (de manera parcial o total) en la cadena de producción (primaria, transformación, venta, etc.) debe cumplir en la Comunidad Autónoma que le corresponda. Este trámite registra automáticamente a la empresa a nivel nacional, sin embargo, la gestión administrativa de cada RIA es ámbito de la Administración Autonómica.
Todos los registros industriales se encuentran establecidos, junto con las bases de su regulación en la Ley 21/1992, de 16 de julio, de Industria, en la que se contempla el Registro de Establecimientos Industriales, de ámbito estatal, sobre la base de la libertad de establecimiento, estableciendo en su artículo 3.4 que regirá, en todo lo no previsto en la legislación específica, respecto de las Industrias alimentarias, agrarias, pecuarias, forestales y pesqueras.
Esto quiere decir, que según la CCAA que se encuentre la empresa agroalimentaria tendrá que realizar uno u otro registro, y la documentación que se deba entregar, además de las gestiones a realizar, dependerá también de estas administraciones. Pero, de manera general, siguen unas bases similares a otros registros industriales.
Documentación necesaria
Existe una base legal para las diferentes CCAA, por lo que la documentación necesaria en cada comunidad sigue los mismos patrones:
- Trámites previos a la actividad/ inscripción:
- Indicar si es un nuevo registro, un registro de cese de actividad, o un registro por algún cambio
- Documentación acreditativa de la persona titular o representante legal de la industria.
- Acreditación de la titularidad de la empresa.
- Ficha Declaración en la que se recojan los datos más significativos de la industria.
- Cumplimiento de los requisitos ambientales exigibles.
- Instalaciones de seguridad exigibles, ej.: relativas a incendios.
- Proyecto de obra civil e instalación industrial redactado y firmado por técnico especialista competente para la instalación o modificación de una industria, se deberá adjuntar.
- Exigencias específicas de determinadas industrias alimentarias, ej.: bebidas alcohólicas, alimentos para infantes, etc.
- Trámites de inicio de actividad:
- Proyecto, redactado y firmado por el técnico especialista competente en materias agroalimentarias.
- Registro Sanitario (RGSEAA).
- Comunicación de inicio de actividad o instalación con autorización ambiental.
- Comunicación de apertura o reanudación de la actividad centro de trabajo.
- Tramites específicos:
- Trámites por marcas o certificados de calidad
- Otros trámites para empresas que no producen, pero manipulan alimentos. Ej.: Envasadoras.
Es importante que al realizar el registro de industrias agroalimentarias de tu empresa, acudas a un personal experto para conseguir una mejor gestión y claridad en el proceso. Ya sea que lo realices con Innovaciones Agroalimentarias, o no, siempre busca personal capacitado.
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